CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE ÁREA DESIGNADA PARA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA EN EL PARQUE BICENTENARIO DE SAMBORONDÓN | Municipio de Samborondón

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE ÁREA DESIGNADA PARA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA EN EL PARQUE BICENTENARIO DE SAMBORONDÓN

10
Sep

BASES DEL PROCESO DE CONCESIÓN
PRIMERO: IDENTIFICACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA, ESPACIO PARA CONSTRUCCIÓN, BIENES O SERVICIOS COMPLEMENTARIOS A SER OTORGADOS EN CONCESIÓN.

En el marco del proceso de concesión de espacios públicos dentro del Parque Bicentenario de Samborondón, se abre la convocatoria para la presentación de proyectos deportivos en un área designada específicamente para la construcción de infraestructura deportiva. Este espacio ofrece una excelente oportunidad para el desarrollo de instalaciones que promuevan el deporte y la recreación, contribuyendo al bienestar de la comunidad.

El área disponible para concesión abarca 969,73 m², ofreciendo un espacio ideal para la construcción de infraestructura deportiva. Ubicada en un punto estratégico dentro del Parque Bicentenario de Samborondón, esta zona presenta condiciones óptimas para el desarrollo de instalaciones que impulsen el deporte y la recreación en la comunidad.

 

  • SEGUNDO: PLAZO PARA PRESENTAR OFERTA. –
    El plazo para la recepción de ofertas será de 21 días, conforme al siguiente calendario:
    • Inicio del plazo: Martes, 10 de septiembre de 2024.
    • Cierre del plazo: Lunes, 30 de septiembre de 2024.
    Durante este período, los interesados podrán presentar sus propuestas de acuerdo con los requisitos establecidos en las bases.
  • TERCERO: CONDICIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
    ECONÓMICA. –
    Los oferentes deberán cumplir con las siguientes condiciones:
    1. Inversión mínima requerida:
    – El monto mínimo de inversión oscila entre USD 50,000 y USD 150,000, dependiendo de las especificaciones técnicas finales.
  • 2. Proyección financiera:
  •  – Un análisis detallado que incluya:
  • ▪ Inversión inicial.
  • ▪ Curva de recuperación.
  • ▪ Momento proyectado para iniciar generación de ingresos netos.
  • o Este análisis debe demostrar viabilidad económica y estar respaldado por
  • datos financieros realistas.

3. Auto sostenibilidad:
– Se priorizarán ofertas que presenten modelos de gestión que aseguren la operación, mantenimiento y desarrollo continuo de la infraestructura.

CUARTO: ANTECEDENTES QUE DEBEN ENTREGAR LOS OFERENTES EN LA
OFERTA. –
I. Requisitos generales para todos los oferentes:
a) Carta dirigida al Gerente General expresando su interés en participar en el proceso de licitación para la concesión de un espacio público determinado para la construcción de infraestructura o para la prestación de un servicio complementario que haya seleccionado, así como el tipo de negocio que se pretende instalar en el mismo.
b) Copia de la cédula de ciudadanía y del certificado de votación de la persona natural o del representante legal de la persona jurídica.
c) Copia del Registro Único de Contribuyentes (RUC).
d) Que presenten las constancias necesarias que certifiquen la capacidad para operar y/o construir infraestructura, así como capacidad para prestar el servicio complementario al cual postula, en el espacio físico designado.
e) Certificados de honorabilidad en personas naturales.
f) Certificado emitido por el IESS de cumplimiento de obligaciones patronales o
un certificado donde se registre que no mantiene obligaciones patronales
pendientes.
g) Certificado de no adeudar con el Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del Cantón Samborondón.
h) Se requiere que los interesados presenten un análisis financiero detallado
del proyecto, que incluya la curva de ganancias proyectada. Este análisis debe
especificar la inversión inicial, el tiempo estimado de recuperación de la
inversión y el momento en que se espera comenzar a generar ingresos netos.
La información debe ser clara y estar respaldada por datos financieros realistas
que demuestren la viabilidad económica del proyecto.
II. Requisitos específicos para el sector privado:
a) Razón o denominación social de la sociedad o empresa. En este último caso,
incluir los nombres y apellidos del o los propietarios, en caso de ser persona
jurídica.
b) Copia de la escritura de constitución de la compañía.
c) Copia del nombramiento del representante legal, debidamente notariada, así
como el documento de identificación del mismo.
d) Describir y acreditar su capacidad técnica.
e) Describir y acreditar su capacidad económica.
f) Estar al día en las obligaciones tributarias y con sus órganos de control.
g) Presentar una garantía si así lo requiere la Comisión Técnica de Concesión.

QUINTO: FORMA, FECHA, HORA Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Y FORMALIDADES DEL ACTO DE APERTURA. –
Las ofertas serán recibidas en dos sobres cerrados en las oficinas de la Empresa Pública Municipal de Parques “Parques de Samborondón-EP”, a partir del día martes 3 de diciembre del 2024 hasta el martes 24 de diciembre del 2024, desde las 8h00 am hasta las 17h00pm.
La comisión técnica de concesión levantará un acta de apertura y revisión de las ofertas frente a un notario público el jueves 26 de diciembre del 2024 a las 10am en el lugar predeterminado, en la que se dejará constancia de quienes presentaron la oferta, de los antecedentes recibidos, de cuales fueron rechazadas, por omisiones esenciales y de las observaciones que formularen los oferentes. Si es necesario cambiar la fecha de apertura de ofertas se la hará mediante notificación simple a los oferentes. Las ofertas que no contengan todos los antecedentes requeridos serán rechazadas en el acto. No se aceptará bajo ninguna circunstancia que los oferentes entreguen documentos faltantes de los solicitados en las bases o se reemplacen los rechazados, con posterioridad al inicio del acto de apertura.
Los sobres entregados por los oferentes permanecerán en custodio de la Dirección Administrativa. No se aceptará ninguna nueva oferta o contraoferta después de iniciado el acto de apertura por parte de la Comisión Técnica de Concesión.

SEXTO: MULTAS Y SANCIONES ESTABLECIDAS. –
Las multas y sanciones aplicables al concesionario se encuentran establecidas en los capítulos II y VII del Reglamento para la Concesión de Espacios Públicos del Parque Bicentenario y Parque Histórico de Samborondón. Adicionalmente, el concesionario estará sujeto a las disposiciones específicas que se detallen en el Contrato de Concesión, las cuales formarán parte integral de los términos y condiciones que regulan la presente concesión.

SÉPTIMO: CAUSALES DE SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN DE LA CONCESIÓN. –
Las causales de suspensión y extinción del contrato de concesión se encuentran reguladas tanto en el presente documento como en el Reglamento para la Concesión de Espacios Públicos del Parque Bicentenario y Parque Histórico de Samborondón. A continuación, se detallan las disposiciones específicas aplicables:
7.1. – Artículo 32 (Reglamento para la Concesión de Espacios Públicos del Parque Bicentenario y Parque Histórico de Samborondón). – Suspensión del Contrato de

Concesión. – La Empresa Pública Municipal de Parques “Parques de SamborondónEP” a través del Gerente General con previo informe del administrador del Contrato de Concesión, podrá justificadamente suspender temporalmente, según sea el caso, los derechos otorgados en concesión. La resolución que acuerde la suspensión debe expresar su duración y exponer los fundamentos técnicos y legales de cada caso. La suspensión operará en los casos siguientes:
1. Caso fortuito y/o fuerza mayor: como medida de emergencia para prevenir o corregir hechos o situaciones graves que amenacen la administración de los servicios otorgados en concesión, área geográfica donde se encuentre la misma en general, por motivos no imputables al concesionario por caso fortuito o fuerza mayor.
2. Incumplimiento: cuando el concesionario no cumpla con las disposiciones del contrato de concesión.
7.2. – Artículo 33 (Reglamento para la Concesión de Espacios Públicos del Parque Bicentenario y Parque Histórico de Samborondón). – Terminación del contrato de concesión y caducidad. – La terminación del contrato de concesión podrá tener lugar por las siguientes causas:
1. Por necesidad Institucional, con el requerimiento previo de la Dirección Administrativa mediante informe técnico motivado.
2. Por muerte o imposibilidad absoluta del concesionario;
3. Vencimiento del Plazo;
4. Mutuo acuerdo entre las partes;
5. Por incumplimiento reiterado de las obligaciones y prohibiciones establecidas en
este Reglamento;
6. Caso Fortuito o fuerza mayor debidamente comprobado;
7. Por recibir 3 llamados de atención dentro del año fiscal;
8. Por recibir 5 llamados de atención en dos periodos anuales fiscales
consecutivos;

9. Por acumulación de multas hasta el 100 por ciento del monto de la tarifa mensual de la concesión;
10. Por el incumplimiento del pago de dos mensualidades de la tarifa o alícuotas de concesión; y,
11. Por las demás que se determinen en el Procedimiento para la concesión de espacios físicos de la Empresa Pública Municipal de Parques “Parques de Samborondón-EP” y el Contrato de Concesión. Terminado el contrato de concesión, el Concesionario estará obligado a restituir en el término de quince días el local o bien mueble o inmueble, entregado en concesión, de no hacerlo, la Empresa Pública Municipal de Parques “Parques de Samborondón-EP” podrá desocupar el mismo en los siguientes cinco días.

OCTAVO: PARÁMETROS DE EVALUACIÓN. –
Las ofertas serán evaluadas con base en los siguientes criterios, asignando un puntaje
máximo de 100 puntos:
1. Propuesta técnica (40 puntos):
a. Diseño del proyecto (15 puntos): Originalidad, funcionalidad y sostenibilidad ambiental.
b. Especificaciones técnicas (15 puntos): Calidad de materiales y cumplimiento con las normas técnicas aplicables.
c. Cronograma de ejecución (10 puntos): Factibilidad y claridad del plan de trabajo.
2. Propuesta económica (30 puntos):
a. Monto de inversión (15 puntos): Propuestas que superen el mínimo de inversión serán mejor valoradas.
b. Viabilidad financiera (15 puntos): Incluye curva de recuperación y análisis de sostenibilidad económica.
3. Capacidad del oferente (20 puntos):
a. Capacidad técnica (10 puntos): Experiencia comprobada en proyectos similares.
b. Capacidad económica (10 puntos): Solvencia financiera y cumplimiento de obligaciones fiscales.
4. Responsabilidad social y ambiental (10 puntos):
a. Impacto en la comunidad (5 puntos): Proyectos que promuevan inclusión
y accesibilidad.
b. Sostenibilidad ambiental (5 puntos): Incorporación de prácticas
amigables con el medio ambiente.

NOVENO: MÉTODO DE EVALUACIÓN. –
9.1. – Fase de Precalificación:
• La Comisión Técnica de Concesión verificará el cumplimiento de los requisitos generales y específicos establecidos en las bases del proceso. Las propuestas que no cumplan con todos los requisitos serán descalificadas.
9.2. – Fase de Evaluación Técnica y Económica:
• Cada propuesta será calificada de acuerdo con los parámetros establecidos.
• El puntaje total será el resultado de la suma de los puntos obtenidos en cada uno de los criterios.
9.3. – Fase de Adjudicación:
• La propuesta con el puntaje total más alto será recomendada para la adjudicación, siempre que cumpla con los estándares mínimos definidos en las bases.
• En caso de empate, se priorizará la propuesta con mayor puntaje en la sección de Responsabilidad Social y Ambiental.
CONSIDERACIONES GENERALES:
• Se recomienda visita al lugar previa coordinación con la Coordinadora de
Eventos de la Empresa Pública Municipal de Parques “Parques de
Samborondón-EP”, ingeniera Melina Martin, a su correo electrónico
melina.martin@samborondon.gob.ec.

DESCARGUE AQUI DOCUMENTO REGLAMENTO

DESCARGUE AQUI DOCUMENTO CONVOCATORIA

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