Empresa Pública de Parques de Samborondón: Convocatoria para locales y kioscos | Municipio de Samborondón

Empresa Pública de Parques de Samborondón: Convocatoria para locales y kioscos

16
Ago

CONVOCATORIA: 

PRIMERO. – IDENTIFICACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA

En el marco de la concesión de locales y kioscos en el Parque Bicentenario de Samborondón, se pone a disposición la siguiente infraestructura:

LOCALES DE CEMENTOS

  • 4 locales de Cemento, con las siguientes características y requisitos:
    • Solo 3 de los 4 locales tiene bodega.
    • Prohibido la venta de líquidos en botellas plásticas (latas o vidrio)
    • No se permite la instalación de trampas de grasa.
    • Prohibido cocinar, solo se podrá calentar.
    • Lavamanos incompleto.
    • No cuenta con conexión 220V.

KIOSCOS PREFABRICADOS 

  • 3 kioscos prefabricados:
    • Prohibido la venta de líquidos en botellas plásticas.
    • No se permite la instalación de trampas de grasa.
    • Prohibido cocinar, solo se podrá calentar.

SEGUNDO. – PLAZO PARA PRESENTAR OFERTA. –

El plazo para la presentación de las ofertas se establece desde el lunes 19 de agosto de 2024 hasta el lunes 2 de septiembre de 2024, es decir, catorce (14) días.

TERCERO. – CONDICIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA Y DOCUMENTOS QUE DEBEN ENTREGAR LOS OFERENTES. –

I. Requisitos generales para todos los oferentes: 

a) Carta dirigida al Gerente General expresando su interés en participar en el proceso de licitación para la concesión de un espacio público determinado para la construcción de infraestructura o para la prestación de un servicio complementario que haya seleccionado, así como el tipo de negocio que se pretende instalar en el mismo.

b) Copia de cédula de ciudadanía y de papeleta de votación. 

c) Copia del Registro Único de Contribuyentes (RUC). 

d) Que presenten las constancias necesarias que certifiquen la capacidad para operar y/o construir infraestructura, así como capacidad para prestar el servicio complementario al cual postula, en el espacio físico designado. 

e) Certificados de honorabilidad en personas naturales. 

f) Certificado emitido por el IESS de cumplimiento de obligaciones patronales o un certificado donde se registre que no mantiene obligaciones patronales pendientes.

g) Que esté constituido y opere de conformidad con las disposiciones legales vigentes. 

h) Cada oferente solo podrá presentar una oferta por cada proceso.

i) Certificado de no adeudar con el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Samborondón y/o cumplimiento de obligaciones con sus órganos de control.

j) Las demás especificaciones técnicas establecidas en los términos contractuales.

II. Requisitos específicos para el sector privado: 

a) Razón o denominación social de la sociedad o empresa. En este último caso, incluir los nombres y apellidos del o los propietarios, en caso de ser persona jurídica. 

b) Copia de la escritura de constitución de la compañía con la razón correspondiente. 

c) Copia del nombramiento del representante legal, debidamente notariada, así como el documento de identificación del mismo. 

d) Copia del Registro Único de Contribuyente (RUC). 

e) Describir y acreditar su capacidad técnica. 

f) Describir y acreditar su capacidad económica. 

g) Estar al día en las obligaciones tributarias y con sus órganos de control. 

h) Presentar una garantía si así lo requiere la Comisión Técnica de Concesión.

i) Otros que se establezcan en las bases de concesión y las que exija la Comisión Técnica de Concesión, de acuerdo a ley en la materia y el presente reglamento. 

CUARTO. – FORMA, FECHA, HORA Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAR Y FORMALIDADES DEL ACTO DE APERTURA. –  

Las ofertas serán recibidas en dos sobres cerrados en las oficinas de la Empresa Pública Municipal de Parques “Parques de Samborondón-EP”, a partir del día lunes 19 de agosto de 2024 hasta el viernes 30 de agosto del 2024, desde las 10h00 am hasta las 14h00pm.

La comisión técnica de concesión levantará un acta de apertura y revisión de las ofertas frente a notario público el lunes 2 de septiembre del 2024 a las 10am en el lugar predeterminado, en la que se dejará constancia de quienes presentaron la oferta, de los antecedentes recibidos, de cuales fueron rechazadas, por omisiones esenciales y de las observaciones que formularen los oferentes.

Las ofertas que no contengan todos los antecedentes requeridos serán rechazadas en el acto. No se aceptará bajo ninguna circunstancia que los oferentes entreguen documentos faltantes de los solicitados en las bases o se reemplacen los rechazados, con posterioridad al inicio del acto de apertura.

Los sobres entregados por los oferentes permanecerán en custodio de la Dirección Administrativa. No se aceptará ninguna nueva oferta o contraoferta después de iniciado el acto de apertura por parte de la Comisión Técnica.

QUINTO. – MULTAS Y SANCIONES ESTABLECIDAS. –  

Las multas se encuentras en el capítulo II Y VII del Reglamento para la Concesión de Espacios Públicos del Parque Bicentenario y Parque Histórico de Samborondón.

SEXTO. – CAUSALES DE SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN DE LA CONCESIÓN. –  

Artículo 32. – Suspensión del Contrato de Concesión. – La Empresa Pública Municipal de Parques “Parques de Samborondón-EP” a través del Gerente General con previo informe del administrador del Contrato de Concesión, podrá justificadamente suspender temporalmente, según sea el caso, los derechos otorgados en concesión. La resolución que acuerde la suspensión debe expresar su duración y exponer los fundamentos técnicos y legales de cada caso. 

La suspensión operará en los casos siguientes: 

1) Caso fortuito y/o fuerza mayor: como medida de emergencia para prevenir o corregir hechos o situaciones graves que amenacen la administración de los servicios otorgados en concesión, área geográfica donde se encuentre la misma en general, por motivos no imputables al concesionario por caso fortuito o fuerza mayor. 

2) Incumplimiento: cuando el concesionario no cumpla con las disposiciones del contrato de concesión. 

Artículo 33. – Terminación del contrato de concesión y caducidad. – La terminación del contrato de concesión podrá tener lugar por las siguientes causas: 

1) Por necesidad Institucional, con el requerimiento previo de la Dirección Administrativa mediante informe técnico motivado. 

2) Por muerte o imposibilidad absoluta del concesionario; 

3) Vencimiento del Plazo; 

4) Mutuo acuerdo entre las partes; 

5) Por incumplimiento reiterado de las obligaciones y prohibiciones establecidas en este Reglamento; 

6) Caso Fortuito o fuerza mayor debidamente comprobado; 

7) Por recibir 3 llamados de atención dentro del año fiscal; 

8) Por recibir 5 llamados de atención en dos periodos anuales fiscales consecutivos; 

9) Por acumulación de multas hasta el 100 por ciento del monto de la tarifa mensual de la concesión; 

10) Por el incumplimiento del pago de dos mensualidades de la tarifa o alícuotas de concesión; y, 

11) Por las demás que se determinen en el Procedimiento para la concesión de espacios físicos de la Empresa Pública Municipal de Parques “Parques de Samborondón-EP” y el Contrato de Concesión. 

Terminado el contrato de concesión, el Concesionario estará obligado a restituir en el término de quince días el local o bien mueble o inmueble, entregado en concesión, de no hacerlo, la Empresa Pública Municipal de Parques “Parques de Samborondón-EP” podrá desocupar el mismo en los siguientes cinco días.

CONSIDERACIONES GENERALES:

  • Se recomienda visita al lugar previa coordinación con la Coordinadora de Eventos de la Empresa Pública Municipal de Parques “Parques de Samborondón-EP”, ingeniera Melina Martin, a su correo electrónico melina.martin@samborondon.gob.ec.

ANEXOS:

 

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